Como ya sabéis, desde el próximo 1 de enero de 2016 estará en vigor la normativa Solvencia II, que trae a las compañías aseguradoras unas nuevas normas a las que tiene que adaptarse obligatoriamente, para lo que sólo tienen dos semanas por delante. En este post ya abordamos algunas de esas normas, pero ante la cercanía de la fecha límite vamos a recordar las últimas novedades sobre Solvencia II.
A finales de noviembre el Gobierno aprobó el Real Decreto de desarrollo de la Ley de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras, completando así la adaptación del sector a Solvencia II. Entre las novedades principales de ese Real Decreto se encuentran las siguientes:
- Enumeración de los requisitos de honorabilidad y aptitud que deben tener los socios que posean participaciones en alguna entidad superiores al 10%, y las personas que ejerzan la dirección de las mismas.
- Elaboración de un nuevo régimen de solvencia y un régimen especial al que podrán acogerse entidades que cumplan una serie de características.
- Creación de las figuras del colegio de supervisores y supervisor de grupo.
- Exigencia de un mayor deber de información al tomador del seguro, especialmente en los casos de seguros de decesos y enfermedad.
- Igualmente, el Real Decreto modifica otras normas como el Reglamento de Mutualidades de Previsión Social, el Reglamento del Seguro de Riesgos Extraordinarios y el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones.
En el siguiente enlace podréis encontrar toda la normativa básica sobre Solvencia II y sobre los procedimientos de autorización que ha publicado la Dirección General de Seguros.