Todas las embarcaciones de recreo deben tener su correspondiente matrícula, que las diferencia de las demás, y que irá pintada o fijada a la máxima altura posible de la línea de flotación de forma que pueda ser fácilmente visible en el mar. El interesado debe solicitarla ante la Capitanía Marítima o el Distrito Marítimo competente según el puerto elegido para la matrícula. ¿Qué datos incluye la matrícula de las embarcaciones? ¿Cómo se debe solicitar?
La matrícula de una embarcación de recreo es una combinación de números y letras que nos proporciona la siguiente información: número en el que está registrada la embarcación, provincia donde está registrada, distrito marítimo, folio donde está inscrita y año de matriculación.
¿Qué requisitos son necesarios para solicitar una matrícula para nuestra embarcación de recreo? Hay que señalar que el procedimiento varía dependiendo de si la embarcación posee el marcado CE o no, pero por norma general para embarcaciones nuevas hay que presentar:
- Impreso de Solicitud de Matrícula debidamente cumplimentado indicando la Lista en que debe matricularse la embarcación y proponiendo 3 nombres por orden de preferencia. Indicar el número máximo de personas y la categoría de navegación que se desea.
- Fotocopia del DNI/NIF, CIF o Tarjeta de Residente del propietario. Para los ciudadanos de la UE no residentes en España, fotocopia del DNI/NIF de su representante, que deberá reunir la condición de ser residente en España.
- Factura de compra con IVA, desglosando el valor del caso y el motor.
- Liquidar el Impuesto Especial sobre determinados medios de transporte de la Agencia Tributaria.
- Permiso de instalación de aparatos radioeléctricos.
- Fotocopia de la hoja donde consten marca y modelo, número de serie, eslora, manga, puntal y desplazamiento, potencia máxima recomendada, categoría de diseño, número máximo de personas y carga máxima interior.
- Justificante del ingreso de la tasa de inscripción en el Registro de Buques.
- Original de la declaración escrita de conformidad emitida por el constructor o su representante autorizado establecido en la Unión Europea.
- Certificado de adeudo motor si no procede de la Unión Europea.
Para las embarcaciones usadas los trámites son similares, añadiendo el contrato de compraventa, la liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales y, en el caso de que no tenga bandera española o no tenga bandera, algunos trámites adicionales.
Igualmente, conviene indicar que están exentas de matriculación las embarcaciones de recreo menores de 2,5 metros y los aparatos flotantes o de playa con independencia de su eslora. Sin embargo, las motos náuticas sí están obligadas a matricularse en las Capitanías Marítimas, dentro de las listas sexta y séptima del Registro de Matrícula de Buques.
La matrícula estará formada por números y letras separadas por guiones que corresponderán a la cifra 667 seguidas de las letras de la provincia marítima, el número de folio y el año de inscripción. Para solicitar la matriculación de una moto náutica hay que presentar nombre y apellidos del titular, DNI o pasaporte, domicilio, fecha de adquisición de la moto náutica y marca, modelo y número de bastidor.
Si queréis más información sobre la regulación legal de las motos náuticas podéis consultar la orden de 16 de diciembre de 1998 en el siguiente enlace.