Grupo Murimar

Acerca del Grupo Murimar

NACIMIENTO DE LA MUTUA, COMO MUTUA NACIONAL DE PREVISION DE RIESGO MARITIMO

Nace la Asociación Nacional Mutua de Riesgo Marítimo por Decreto del 6 de Abril de 1927, en el que se incluye su primer reglamento, bajo la tutela de la Caja Central de Crédito Marítimo, a su vez creada unos años antes por Ley de 10 de Octubre de 1919 y que posteriormente se denominaría Instituto Social de la Marina.

La Asociación Nacional de Riesgo Marítimo incluye las embarcaciones de pesca y tráfico interior de los puertos comprendidas en las listas 3″ y 4″ con el fin de asegurar a las citadas embarcaciones de pérdida total o de averías, muy inferior a la quinta parte del valor nominal del barco. Su actuación se ampliará lo que sus fondos le permitan, y si es posible, hasta el límite de asegurar los aparejos y artes de pesca.

De este modo se daba al primer paso para contestar eficazmente a las demandas de auxilio que los modestos armadores y dueños de barcos de pesca hacían llegar insistentemente hasta el Gobierno, con motivo de la ruina que les producía la pérdida de los mismos ocasionada por accidentes marítimos, imposible de remediar en la mayor parte de las ocasiones.

Evolución y desarrollo

El Reglamento se modifica en 1927 y 1929, por Orden de 15 de Marzo de 1930, se aprueba el nuevo Reglamento modificado a su vez por Ordenes de 17 de Octubre de 1934 y II de Noviembre del mismo año, con el fin de aumentar esa obra de previsión así como difundir sus beneficios.

Por Orden de 15 de marzo de 1930, se dictan normas para el nombramiento de Corredores de la Asociación Nacional de Riesgo Marítimo. Por Decreto del Gobierno Republicano de 1936, desaparece el Instituto Social de la Marina arrastrando con ello a la Asociación de Mutualistas que, pese a su pujante comienzo, en esas fechas era prácticamente inoperante.

Organización

Los órganos rectores de la Mutua Nacional de Previsión de Riesgo Marítimo eran los siguientes:

  • El Consejo General del Instituto Social de la Marina.
  • La Comisión permanente ejecutiva del mismo.
  • El Comisario, o en su ausencia, enfermedad, o delegación de este el Subcomisario.
  • El Director de la Mutua.

En principio para las labores técnicas se valía de los ingenieros de la Inspección de Buques, en la actualidad posee servicio técnico propio auxiliado de los medios externos que en cada momento se estiman más convenientes.

El 13 de Febrero de 1978 se aprueba otra modificación de estatutos.

La reforma legal llevada a cabo por el gobierno en el sector asegurador que comienza con la Ley de Octubre de 1980 del Contrato de Seguro, La Ley de Ordenación del Seguro Privado del 2 de agosto de 1984 y se reglamento de primero de agosto de 1985, junto al interés de dar una mayor libertad de acción a la Mutua hacen que en Junta Directiva en sesión extraordinaria de 22 de Julio de 1987 se apruebe la transformación de la Mutua Nacional de Previsión de Riesgo Marítimo, Sociedad de Seguros a prima fija, esta vez fuera de la tutela del Instituto Social de la Marina y del estado.

No obstante, la Mutua de Riesgo Marítimo, Sociedad de Seguros a prima fija (Murimar) mantiene vivos los lazos de unión con la Administración Española, entendiendo su cooperación con la misma, como vital para el sector pesquero.