El uso y disfrute de las motos náuticas está en pleno auge, por lo que conviene concienciar a sus aficionados sobre las normas que deben cumplir para que no haya ningún tipo de problema.
Las motos náuticas viven un momento dorado en nuestras costas, siendo uno de los principales motores de crecimiento del sector. Por este motivo, conviene tener clara toda la información relativa a su uso, normativas, consejos de navegación, requisitos y otros elementos que nos permitirán disfrutar de ellas con total seguridad.
El primer aspecto a tener en cuenta es el relativo a los requisitos que hay que cumplir para poder utilizar las motos náuticas, que son los siguientes:
– Tener 18 años cumplidos, o 16 si se cuenta con un permiso de los padres o tutores.
– La matriculación de la moto náutica en Capitanía Marítima, quien también nos tiene que otorgar la licencia de navegación.
– La contratación de un seguro de responsabilidad civil.
– Llevar puesto un chaleco salvavidas homologado.
– Llevar a bordo la documentación antes indicada.
– Navegar a bordo de la moto náutica el número de personas máximo indicado por el fabricante.
Como es evidente, en el caso de las motos náuticas también hay que estar en posesión de la titulación correspondiente que nos permita su manejo:
– Alguno de los títulos regulados en la Orden Ministerial del 17 de junio de 1997.
– Patrón de moto náutica “A”: para 110 CV o más.
– Patrón de moto náutica “B”: para potencias de entre 55 y 110 CV.
– Autorización federativa “C”: para una potencia inferior a 55 CV.
– En el caso de arrendamiento en circuito, no se requiere titulación.
Además del uso particular de las motos náuticas, cada vez es más frecuente la existencia de empresas dedicadas al alquiler de las mismas, que deben cumplir los siguientes requisitos:
– Estar autorizadas por Capitanía Marítima.
– Si ofrecen excursiones colectivas, deben contar con un monitor por cada cuatro usuarios.
– Un circuito delimitado por balizas con una base flotante en uno de los límites del circuito.
– Una embarcación o moto para el traslado de los usuarios y lo mismo para salvamento.
– Un mínimo de dos monitores por empresa y un monitor por cada cuatro usuarios.
– Las empresas que también alquilan motos por días tienen los mismos requisitos que en el caso del uso particular.
El manejo y disfrute de las motos náuticas requieren el cumplimiento de las siguientes normas de navegación:
– Sólo se pueden utilizar durante las horas de luz diurna en días con buenas condiciones de visibilidad y tiempo.
– Está prohibido navegar con motos náuticas dentro de las zonas delimitadas para el baño o para la celebración de regatas.
– Para salir de las playas o vararlas en las playas no balizadas se deberá navegar perpendicularmente a la costa a una velocidad inferior a los 3 nudos.
– Está prohibido su uso para remolcar otros objetos flotantes.
– Se recomienda no acercarse a menos de 50 metros de otra moto, buque, embarcación, boya o artefacto flotante.
Si queréis ampliar la información sobre el uso y regulación de las motos náuticas podéis consultar las siguientes normas: Real Decreto 259/2002 de 8 de marzo sobre medidas de seguridad y Orden de 16 de diciembre de 1998 sobre el procedimiento abreviado de registro y embarcación de las motos náuticas.